Nacionales

LA LIBERTAD COMO DERECHO

Por Claudio Zamora
@claudiozamora06

“La libertad, Sancho, es uno de los más preciosos dones que a los hombres dieron los cielos, con ella no pueden igualarse los tesoros que encierran la tierra y el mar; por la libertad, así como por la honra, se puede y debe aventurar la vida.” (El Quijote 1605), La Libertad es un derecho sagrado e imprescriptible, nadie puede ser privado de ella sin causas establecidas en la ley, es la base fundamental para el desarrollo de los derechos humanos que permite a la persona desarrollarse plenamente, existe dos tipos de libertades: Individuales y colectivas las primeras son inherentes a cada persona como la libertad de expresión, opinión, circulación, conciencia, pensamiento, religión, vida privada y otras, las colectivas son entre otras la libertad de asociación, reunión pacifica, libertad sindical y el derecho a la manifestación. En nuestra constitución se establece en su artículo 68 que “Los ciudadanos y ciudadanas tiene el derecho a manifestar, pacíficamente y sin armas, sin otros requisitos que los establezca la ley”. Pero la ley de Partidos Políticos posee una restricción que prácticamente ilegaliza cualquier manifestación pacífica espontanea de la población, si no cumple con la notificación a la autoridad civil con al menos 24 horas antes, señalando día, hora, lugar, itinerario y objeto general que se persiga (art 43) Para criminalizar las protestas pacificas el Estado se ha apoyado en varias normas que en orden descendente son Código Penal, Ley Orgánica de Seguridad y Defensa de la Nación, Ley para la Defensa de las personas al acceso de Bienes y servicios y Ley Especial de Defensa Popular contra el Acaparamiento y Especulación. En relación al Código Penal se aplican los artículos 147, 148 relativo a las ofensas al presidente y altas autoridades, 149 Vilipendio contra Instituciones, para proceder es necesario el requerimiento de la persona o cuerpo ofendido por medio del representante del Ministerio Público, el 191 regula el que restrinja o suprima el derecho al comercio o trabajo, el 218 La Resistencia a la autoridad y muchos otros que castigan la obstaculización de vías públicas, asalto a transporte, posesión de combustibles o explosivos, La de Seguridad y Defensa para los que violen espacios calificados como “zonas de seguridad” (orillas de mar, zonas cercanas a oleoductos, gasoductos, acueductos, poliductos, tendidos eléctricos, instalaciones militares, aeropuertos, puertos, y muchas otras, La de bienes y servicios quienes impidan la circulación, suministro, venta, compra de alimentos etc, La de Acaparamiento y Especulación similares delitos y faltas, todas establecen penas que van desde quince días de arresto hasta 6 o más años de prisión, pero esto no es lo delicado, la mayoría requiere investigaciones y elaboración de expedientes por parte del Ministerio Público, con la recabación de pruebas y testimonios que permitan una clara y correcta imputación de los presuntos responsables, dificultad magnificada para los representantes de la vindicta pública en una manifestación tumultuosa y en horas nocturnas la mayoría de las que ocurrieron la noche de las votaciones el pasado 28 de julio. Como defensor de Derechos Humanos me reconforta la liberación de más de doscientos detenidos en dichos sucesos, muy a pesar que no representan ni el diez por ciento de los detenidos, como las versiones del Ministerio público dejan mas dudas que certezas al manifestar “Esta decisión se tomó luego de exhaustivas investigaciones basados en nuevos indicios y elementos probatorios”, Una investigación exhaustiva conforme a la definición es algo completo, total, absoluto e integro, que mal puede calificarse como tal si se le añaden elementos nuevos como indicios y pruebas ¿Era exhaustiva o era parcial e incompleta? Lo que deja grandes interrogantes de la calidad de las investigaciones de otros imputados, por otra parte el tratar de despreciar y ocultar el trabajo de decenas de Ongs de derechos humanos que siempre han tenido una activa participación en la defensa de los derechos humanos como Foro Penal, Una Ventana a la Libertad, Cofavic y tantas otras deja entrever que fueron protagonistas activos en su logro, los extras no parecen en los repartos, pero al nombrarlos en los créditos, automáticamente los transforman en parte del elenco. En todo caso celebramos su liberación, no como una concesión graciosa, sino como el reconocimiento que jamás deberían haber estado privados de su libertad. Seguiremos conversando. Claudiozamora06@gmail.com

Deja una respuesta