Hoy continuamos con nuestra Quinta columna denominada “ CULTURA TRIBUTARIA Y ALGO MAS “ .

BCV ANUNCIA DOS NUEVOS BILLETES PARA EL CONO MONETARIO.
El Banco Central de Venezuela anuncio el 16-08-2024 , que dos nuevos billetes serán incorporados al cono monetario actual. Se trata de uno de 200 bolívares y el otro de 500 bolívares, que estarán en circulación de forma paulatina. Estos nuevos billetes vienen a complementar el actual cono monetario, para cumplir con los requerimientos de la economía nacional. La continuidad del bolívar como medio de pago requiere que la inflación baje y que el consumidor vislumbre que no va a haber un rebrote del fenómeno, eso va apuntalando la confianza en la moneda local.

SE ESTABLECE LA REGULACION DEL SERVICIO EXPORTA FACIL POSTAL.
A Través de la Gaceta Oficial Nro. 42.942 de fecha 15 de Agosto del año 2024, se establece la Regulación del Servicio Exporta Fácil Postal . El servicio Exporta Fácil Postal , es un servicio de exportación por vía postal, mediante la plataforma operativa del Instituto Postal Telegráfico de Venezuela ( IPOSTEL ) u otro operador Postal debidamente habilitado y autorizado para la prestación de este servicio, el cual se realizara a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE ).
El Servicio Exporta Fácil Postal tiene por finalidad facilitar las operaciones logísticas de los despachos contentivos de mercancías del exportador, permitiendo el acceso al mercado internacional , contribuyendo con la competitividad de los productos venezolanos y beneficiando la economía del país.
Serán sujetos susceptibles de aplicación del Exporta Fácil Postal, las personas Naturales o Jurídicas, emprendedores micros , pequeñas y medianas empresas ( MYPYMES ) , actores de la economía popular, solidaria y artesanos del país cuya actividad económica sea la exportación no petrolera.
Así mismo el servicio de Exporta Fácil Postal se efectuará bajo las modalidades de : Transporte terrestre , marítimo , aéreo y fluvial.

SE EXONERA DEL PAGO DEL ISLR LOS ENRIQUECIMIENTOS NETOS GRAVABLES DE LAS ASOCIACIONES COOPERATIVAS .
Mediante la publicación de la Gaceta Oficial Nro. 42.939 de fecha 12 de Agosto del año 2024 , se exonera del pago del Impuesto Sobre La Renta , los enriquecimientos Netos Gravables de fuente territorial, obtenidos por las Asociaciones Cooperativas , constituidas conforme a las disposiciones establecido en el Decreto con Fuerza de Ley Especial de Asociaciones Cooperativas .
El plazo de duración del beneficio de exoneración de este decreto será de un ( 01) año , el mismo entrara en vigencia a partir de la fecha de publicación de la gaceta oficial de la República Bolivariana de Venezuela.
Gracias Estimados lectores y hasta la próxima edición. Cualquier comentario o duda me pueden contactar por el Cel:0424-9544126 ; raparada2014@gmail.com y @soloparapoliticos .

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