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“… CAPÍTULO IV….”

«Artículo 62. Todos los ciudadanos y ciudadanas tienen el derecho de participar libremente en los asuntos públicos, directamente o por medio de sus representantes elegidos o elegidas. La participación del pueblo en la formación, ejecución y control de la gestión pública es el medio necesario para lograr el protagonismo que garantice su completo desarrollo, tanto individual como colectivo. Es obligación del Estado y deber de la sociedad facilitar la generación de las condiciones más favorables para su práctica (;) Artículo 70. Son medios de participación y protagonismo del pueblo en ejercicio de su soberanía, en lo político: la elección de cargos públicos, el referendo, la consulta popular, la revocación del mandato, las iniciativas legislativa, constitucional y constituyente, el cabildo abierto y la asamblea de ciudadanos y ciudadanas cuyas decisiones serán de carácter vinculante, entre otros; y en lo social y económico: las instancias de atención ciudadana, la autogestión, la cogestión, las cooperativas en todas sus formas incluyendo las de carácter financiero, las cajas de ahorro, la empresa comunitaria y demás formas asociativas guiadas por los valores de la mutua cooperación y la solidaridad. La ley establecerá las condiciones para el efectivo funcionamiento de los medios de participación previstos en este artículo». Estos dos artículos de nuestra Carta Magna fueron ratificados el día sábado 15 de marzo del presente año, cuando en una demostración de democracia real, participativa, soberana, miles de ciudadanos y ciudadanos, disciplinados y creyentes en el progreso (tal como lo es el partido PODEMOS, parte integrante del Gran polo Patriótico), acudieron a las diferentes asambleas populares organizadas en lo largo y ancho del país para postular a candidatos y candidatas para las elecciones del 25 de mayo próximo, cundo deberán elegirse a los próximos representantes del pueblo en nuestra legitima Asamblea Nacional es decir diputadas y diputados, gobernadoras y gobernadores de los 24 estados y demás Asambleas Legislativas Regionales. Dichos actos soberanos de democracia participativa y protagónica se reconocerá los liderazgos locales, al igual que los impulsa y le da el papel protagónico a quien lo debe de tener, por designio y mandato de su gente, permitiendo a las bases expresar su voluntad sobre quienes los representaran en los diferentes cargo de elección popular, dicho acto democrático fue realizado en tres momentos en los cuales se pudo postular a un máximo de cinco nombres por cargo al que se aspira, todos los que participaron en el acto tuvieron la posibilidad de auto postularse y la jefa o jefe de comunidad fue de manera taxativa responsable de reportar los datos de las postuladas y postulados mediante la plataforma CC200, cuando finalizo dicho acto asambleísta, siendo un punto importante en lo que respecta a los pueblos originarios, donde sus asambleas se llevaron a cabo de acuerdo con sus métodos, en sus territorios y Bolívar tiene bastante preponderancia en ello, por tener una convergencia socio cultural de las diferentes comodidades y pueblos originarios. Esta fructífera convocatoria me hizo remitirme inmediatamente a la parte académica de nuestra profesión como lo es el derecho en los primeros años cuando nos explicaban el derecho romano, con las asambleas populares romanas, de acuerdo con su carácter histórico, cuando incluían a todos los ciudadanos con plenos derechos para quien era considerado ciudadano, (recordemos que eran principios de formación del mundo), podemos recordar que en dichas disertaciones, entre las funciones de estas asambleas de la república romana estaban las de elegir a los distintos magistrados, votar las leyes, decidir las declaraciones de guerra y acordar las conclusiones de los tratados, contando con competencias en materia penal para crímenes contra el estado en calidad de máximo tribunal de apelación, aquí no existía el principio de representación, es decir, que la presencia física en la asamblea era imprescindible si se quería participar en la vida política de Roma (si traspolamos al presente estaríamos hablando de la participación protagónica genuina) . Además, la reunión de los ciudadanos no era tumultuaria, sino compuesta por la suma de grupos, en los que todo el pueblo romano se ordenaba según tres principios: el gentilicio, el territorio y la fortuna personal. De este modo, en base a estos principios las votaciones no se realizaban de forma individual sino por medio de al menos tres asambleas romanas: los comicios curiados o por curias (basadas en el principio del gentilicio), los comicios centuriados o por centurias (la más importante de la ciudadanía basadas en el principio de organización de las centurias del ejército, según la fortuna personal), y los comicios por tribus (sustentada en el reparto de los ciudadanos por las circunscripciones territoriales llamadas tribus que abarcaba el Estado romano). Todas las aquí mencionadas representaban al conjunto total de ciudadanos romanos con plenitud de derechos, pero lo hacían desde distintos puntos de vista. Me permito explicar esto, porque me sorprende cundo leo o escucho a algunos “eruditos políticos”, “influencers” u “opinadores de oficio”, cuando expresan ideas bien erróneas de lo que significa la participación popular, por ello les invito a que lean y se culturicen un poco, ya que en la fuerza decisoria del pueblo es que se define los triunfo y liderazgos del pueblo, no por medio de ataques pérfidos y cobardes promovidos por indeseables que se encuentran fuera de nuestra gran nación, chuleando a quienes los acogen o viviendo de lo que se llevaron o les dejaron después de haber traicionado a sus seguidores. Para finalizar, tal es el pode del pueblo, que hay algunos que todavía le temen a la voz de ello, claro ejemplo es el que anuncio el oprobioso y que presidente de la republica cooperativa de Guyana, irfaan ali, en lugar de tomar una actitud de diplomacia de paz, verdadera y de tender puentes al entendimiento y la convivencia pacífica, manda a su perro bravo, quien supuestamente es el ministro de interior de Guyana, brindley robeson benn, (escribo en minúscula, porque de verada no merecen que e resalten de ninguna manera) para amenazar a quienes voten o apoyen el derecho de Venezuela de establecer un gobernador en nuestro estado Guayana Esequiba, lo cual se ejercera al lado del pueblo el próximo 25 de mayo; este en su discurso belicista señaló que los hombres y mujeres libres de conciencia que participen en dicho evento democrático serán tratadas como «traidores a la patria». Aparte que en tono amenazante a su pueblo que «cualquier persona guyanesa que apoye la elección de un gobernador sobre el Esequibo será acusada de traidora a la Patria y será encerrada, razón tiene nuestro Vicepresidente Sectorial de Política, Seguridad Ciudadana y Paz, y Ministro del Interior, Justicia y Paz Cap. Diosdado Cabello, señaló que esa amenaza denota miedo por parte de las autoridades guyanesas, además, de que están reconociendo que ese territorio es de Venezuela, reforzándose tal aseveración porque en dicho estado hubo una excelente participación del pueblo, tal lacayo como decimos en nuestra patria “quedó como un bobo”.

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